miércoles, 17 de diciembre de 2008

Boletin - Uniformes Militares y La Ley

Nulla poena sine lege

Frase latina, que se traduce como "No hay pena sin ley", utilizada para expresar que no puede sancionarse una conducta si la ley no la califica como delito.

Últimamente ha salido mucho a relucir el tema del uso del tipo del camuflaje para nuestra actividad deportiva (PAINTBALL, GOTCHA, JUEGO DE BOLITAS DE PINTURA, etc…) , ciertamente uno piensa erróneamente en mas de una ocasión -"si no me han dicho algo, no veo por que ahora si"- o -"es que es gringo y solo buscan los uniformes que son efectivamente del ejercito mexicano"-.

El que no se aplique una ley no implica que no exista y/o sea libre de sanción, seamos francos, la autoridad suele ser diligente en esas cuestiones y a veces hasta indiferente, eso es bien sabido, pero puede aplicarla en un momento dado con todas sus consecuencias jurídicas y nada como estar bien informados de nuestros derechos, para entender mejor la situación un ejemplo en el medio civil seria el no usar cinturón de seguridad, que si bien a veces no pasa de una llamada de atención , o inclusive que se haga de la vista gorda el agente de transito, en un momento dado puede provocar una sanción administrativa.

Aquí hago un resumen de los puntos que considero mas importantes y al final para el que desee saber un poco mas agrego las fuentes donde fueron tomadas.

1.-En lo general no se deben usar ropas o pinturas de autos que sean iguales a las usadas por las fuerzas armadas, no importa si son hechas en El EXTRANGERO (ojo con eso) o no, es decir si nos detienen por usar ropa de camuflaje estilo bosque (Woodland) podríamos tener problemas pues es usada ahora por el Ejercito y/o la por la Armada, pero estos serían más graves si además esa ropa es original de alguna institución armada.


2.-Respecto de los autos, está prohibido usar colores o esquemas que induzcan a confusión con vehículos de Emergencia y/o de Policía o Fuerzas Armadas, es decir está prohibido el uso de colores como: verde olivo (ejército), gris mate (marina armada), negros con puertas blancas (PFP), el uso de camuflaje en vehículos no debe ser mayor problema, pues hasta el momento son pocas las unidades del ejército y marina que presentan estos esquemas, solo traten de evitar el que usan los Humvee (negro/verde)...

3.-Está prohibido por el REGLAMENTO DE UNIFORMES Y DIVISAS DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS el uso por parte de personal civil insignias, medallas, escudos y en general distintivos de uso militar, sin tener el derecho a ello, Ej. ; Veteranos de guerra, de la Revolución o quienes han sido premiados con alguna medalla por mérito militar.

4.-El uso de Banderas y Escudos Nacionales está reglamentado en la LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES en el artículo 32 del mismo, citado de esta manera:

Artículo 32.- Los particulares podrán usar la Bandera Nacional en sus vehículos, exhibirla en sus lugares de Residencia o de trabajo. En estos casos la Bandera podrá ser de cualquier dimensión y con el escudo impreso en blanco y negro. El particular observará el respeto que corresponde al símbolo nacional y tendrá cuidado en
su manejo y pulcritud...

Así que muchachos, la autoridad es muy diligente en muchos puntos ya comentados, pero aun axial, para evitarse y evitarnos problemas sigan estas indicaciones:

Eviten usar ropa de camuflaje (al menos no el set completo) saliendo del juego por esas de que uno nunca sabe cuando puede pasarle las de malas, sobre todo la que sea original de las instituciones armadas si es que lo poseen o que sea de un tipo idéntico.

Eviten hacerse los sabrosos con la autoridad, por que en mas de un momento ellos llevan las de ganar de buenas a primeras (palo dado ni Dios lo quita).

Eviten usar distintivos y similares que pudieran confundirse con los usados por las instituciones armadas.

No anden haciendo cosas buenas que parezcan malas o andar haciendo tonterias, pues por la tontería de alguno pueden vetarnos a todos.


Fuentes:

Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Divisas y Distintivos de la Armada de México
http://www.semar.gob.mx/juridico/leyes_reglamentos/REG_UNIFORMES_2006.pdf

REGLAMENTO DE UNIFORMES Y DIVISAS DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

http://www.sedena.gob.mx/pdf/reglamentos/rgltmo_unif_div_ejtofa.pdf

LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

http://www.semar.gob.mx/juridico/leyes_reglamentos/REG_UNIFORMES_2006.pdf

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